Una revisión a la libertad de las personas esclavizadas en la Colonia (siglo XVI-XVII)

Por BM

En marzo de 2026 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución que calificaría la trata transatlántica de esclavos y la esclavitud racializada de personas del continente africano como el crimen de lesa humanidad más grave de la historia. (ONU, 2026)

Dicho crimen que se remonta a tiempos muy antiguos; Crespo (1977) indica que, la conquista del continente americano estuvo muy ligada de la esclavitud desde el inicio; está amplia y documentadamente verificada la presencia de esclavos desde las primeras horas de la conquista.

Cuando Francisco Pizarro llegó por primera vez a la costa peruana y ordenó a uno de sus soldados que saltara a tierra para observar el pueblo de Tumbes, Alonso Molina, quien fue el designado para esta misión desembarcó acompañado de un esclavo suyo. Junto a los hombres de Pizarro siempre había por lo menos un hombre negro que fue testigo de todo lo que acontecía.

Posterior a ello, en las capitulaciones firmadas en Toledo en 1529 con la reina de España para la conquista del continente, Pizarro consiguió que se le reconociera el derecho de llevar a las Indias una partida de 50 negros, de los cuales al menos una tercera parte tenían que ser mujeres. (Crespo, 1977)

Así, Rolando Mellafe (citado en Crespo, 1977) relata que, cuando los indios americanos vieron por primera vez a un ser de color tan inaudito para ellos que lo sometieron a un inútil baño para despojarlo de la “pintura” que traían. Con ese baño, los indios estaban presenciando la inserción de la esclavitud en América. La libertad entonces era un sueño para las personas esclavizadas que venían desde el continente africano, hasta la inserción de las manumisiones, un alivio sumamente escaso para todo el sufrimiento que iban viviendo los negros a manos del conquistador.

Entender la libertad que suponía una manumisión es entender el contexto histórico del siglo XVI y XVII que se vivía en América; la libertad entonces era la facultad natural o libre albedrío que tenia cada persona para hacer o decir lo que quisiese, menos lo que estaría prohibido por la fuerza o por derecho y al Estado del que no reconoce dominio ni sujeción ajena. (RAE, 1734)

Como indicaría Revilla (2025) la tradición esclavista de la monarquía católica española distaba de la imperante en las colonias británicas, holandesas y francesas en un aspecto fundamental, la posibilidad de adquirir la libertad. Las manumisiones [1] se constituyeron entonces en una práctica regular en toda Charcas, esta podía ser graciosas o por coartación. Aunque, en ambos casos el tipo de relación con el amo, las redes familiares y amicales tejidas, sus saberes en cuanto a oficios, les podían otorgar cierta independencia financiera.

¿Cómo un esclavo podía acceder a la libertad?, Había ciertos mecanismos que las personas esclavizadas podían acceder para tener su libertad a partir de las redes de apoyo y de los intereses personales de estos y de los amos. (Barrero, en Revilla [Comp., 2025])

Bajo ese contexto, toda libertad de esclavo estaba regulada por corpus legales que establecían diversas clausulas y artículos que permitían la libertad de una persona esclavizada. La Ordenanza sobre los esclavos negros de 1522; Las siete partidas del rey Alfonso X reimpresas en 1807; o el compilado de Leyes de los Reynos de las Indias de 1681 establecían estos mecanismos.

Crespo (1977) afirma que, en Las siete partidas se establecía con toda claridad las tres maneras en que un hombre caía en condición de esclavo: cuando era enemigo de la fe cristiana; si nacía de madre esclava; cuando una persona libre consentía en ser vendida. Para este último medio, se requerían otras 5 condiciones: que existiera consentimiento pleno de abandonar la libertad; que dicha persona recibiera al menos una parte del precio que se pagaba al comprarla; que tuviera conciencia de su calidad de ser libre; que el comprador estuviera enterado de que compraba un siervo; que quien se vendía contara con más de 20 años de edad. Se resalta la ambigüedad de las cláusulas.

Una de las condiciones más desfavorables para un esclavo era nacer de madre esclava, porque implicaba una condición hereditaria, un destino en su forma más inapelable, una forma de vida no elegida. En cuanto a la esclavitud “voluntaria” se establecía como un requisito vano, porque nadie se preocupaba de indagar si había consentimiento para abandonar la libertad, se reducía a un formalismo legal casi inútil. (Crespo, 1977)

Entendiendo entonces como se iniciaba la esclavitud, es menester entender cómo se podía salir de esa condición. Según Las siete partidas, también se afirma como los esclavos podían tener su libertad. Si prestaban algún servicio especial al rey, si descubrían y acusaban a algún falsificador de monedas, si denunciaban a algún asesino y en el caso de las mujeres, si su amo las ponía en “puteria”. (en la IV partida, ed. 1807)

Además, se habría la posibilidad de que la persona esclavizada fuese liberada si se hacía clérigo o que fuese parte de una orden religiosa. Además, se protegía los matrimonios entre libertos y esclavos, posibilitando la libertad del cónyuge esclavizado si este negociaba la liberación con el amo.

Si bien existía todo un marco jurídico que establecía derechos y deberes del esclavo, la realidad era muchas veces diferente. Existían amos que no obedecían estas normas, sin embargo, para que una persona esclavizada tenga su libertad le era exigido como requisito que cuente con su carta de libertad o con documentos notariales. (Barrero, en Revilla [Comp., 2025])

Se habría la posibilidad de negociar la libertad con el amo o de dejarla establecida en su testamento una vez este fallezca; gracias a esto, muchas madres compraban la libertad de sus hijos cuando estos aun eran bebes porque el precio era más razonable. Mientras más bebé, era más barato; a medida que crecía, el precio también lo hacía.

Según Klein (1966) la práctica de la esclavitud trasladada y extendida a América tocó a más de 12 millones de africanos. Muchos murieron en el trayecto de África a América, pero muchos otros lograron llegar a las costas y fueron conducidas legal o ilegalmente tierra adentro, atravesando cordilleras, altiplanos, selvas, pampas, sierras y valles, hasta los más remotos confines en los que eran necesitados para trabajar.

La libertad no era algo común de ver en la colonia, se reducía a ciertos casos y excepciones. Barnadas (2002) afirma que el contrabando de esclavos por Buenos Aires era algo cotidiano; provenientes de colonias portuguesas de Angola, Congo y Mozambique, llegando por la ruta del Caribe, Panamá y el Perú, hasta que se abrió el tráfico por el puerto de Buenos Aires, entonces el comercio humano siguió la ruta que, desde Buenos Aires llegaba a Salta, Potosí, Oruro, La Plata, Cochabamba y La Paz, con una duración aproximada de 3 a 4 meses.

Con el contrabando, la posibilidad de libertad se reducía drásticamente; las leyes estaban en el papel, pero la realidad en muchos casos era diferente. Las normas establecidas para evitar abusos y dar protección jurídica, eran reducidas a simples formalismos que podían ser ignorados. Así, muchas personas solo podían soñar con la libertad, más no, ser libres.

Fuentes Consultadas:

Barnadas, J. (2002). Diccionario Histórico de Bolivia. II Tomos. Grupo de Estudios Históricos. Sucre.

Crespo, A. (1977). Esclavos Negros en Bolivia. Academia Nacional de ciencias de Bolivia. La Paz.

Klein, H., Paz, E. (1966). Sociedades escalvistas en las Americas. Un estudio comparativo. Desarrollo económico. Vol. 6, N° 22-23. Pag. 227 – 245.

Organización de Naciones Unidas. (2026). La trata de esclavos, el crimen de lesa humanidad más grave de la historia. Naciones Unidas. Recuperado de: https://news.un.org/es/story/2026/03/1541279

Revilla, P. [comp.] (2025). Memorias afrodescendientes en la historia compartida. (Charcas-Bolivia, siglos XVI-XXI). Plural Editores. La Paz.

Real Academia de la Lengua Española. (1734). Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas provenientes al uso de la lengua. [Diccionario de Autoridades]. RAE. Madrid.

Real Academia de la Historia. (1807). Las siete partidas. Boletín Oficial del Estado. Madrid.

Notas.

1. La manumisión es en sí un acto de liberación para una persona esclavizada; la manumisión graciosa es el acto de liberación de una persona esclavizada por su amo en agradecimiento a su fidelidad. La carta de ahorría o carta de libertad era la escritura notarial por la cual se reconocía la libertad de una persona esclavizada, sin esa constancia, el manumiso se arriesgaba a que nuevamente lo esclavicen. La libertad de coartación incluía toda forma en la que el esclavo llegaba a un acuerdo con su amo por el precio y el pago de su libertad. (Barrero, en Revilla [Comp., 2025])

Anexos.

“Coregimiento. Corregidor afrenta al alcalde hordenario por dos güebos que no le da mitayo”. En el dibujo se observa al lado izquierdo un negro que, aunque cómplice del corregidor, anda sin zapatos igual que el indio castigado.

Recuperado de: Poma, G. (1980). El Primer Nueva Corónica y Buen Gobierno. Siglo XXI Editores. México.

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